PRIMERO: Se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos RUTH DEL VALLE AMESTY ANGEL y LUIS EDUARDO MORENO SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 13.011.572 y V-13.162.420, la primera domiciliada en el Barrio Andrés Eloy Blanco, calle Principal, casa Nro 4-98, Parroquia Milla, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, y la segunda en Tabay, Calle Sucre, Casa Nro 4-6, del Municipio Santos Marquina del estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles, a favor de su hijo, el niño LUIS SANTIAGO MORENO AMESTY, de diez (10) años de edad, F.N: 30/10/2014, pasaporte venezolano N° 191897704; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.