Primero: DECLARÓ CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por el abogado JAIRO OJEDA MONTIEL, en su carácter de Defensor Técnico Privado del imputado GUSTAVO ADOLFO OJEDA MORENO, contra la decisión dictada por el Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de fecha 27-07-04. Segundo: Declaró la NULIDAD de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de fecha 27 de julio del 2004, mediante la cual decretó medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, a los imputados GUSTAVO ADOLFO OJEDA MORENO, DENIS FABRICIO ARAQUE GONZÁLEZ y MARÍA ALEJANDRA GUTIERRÉZ RANGEL, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, ordinales 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal. Tercero: Se ordenó la libertad plena de los ciudadanos GUSTAVO ADOLFO OJEDA MORENO, DENIS FABRICIO ARAQUE GONZÁLEZ y MARÍA ALEJANDRA GUTIÉRREZ RANGEL. Y C.....