de conformidad con el artículo 762 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara la conversión de la separación de cuerpos existentes entre los cónyuges ciudadanos RENATO JOSE FEREIRA CHACIN Y YUGLENIS NEILY MUÑOZ, declarada por este Tribunal según auto de fecha 06 de agosto de 1998, en divorcio.
En consecuencia, declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los citados cónyuges, según consta del acta de matrimonio, que fue celebrado por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Urribarri, Municipio Autónomo Colón del Estado Zulia, en fecha 13 de mayo de 1995, acta Nro.07, año 1995.
El Tribunal homologa lo acordado por los cónyuges en el escrito de separación de cuerpos introducido en fecha 06 de agosto de 1998, que obra al folio 01 y su vuelto del presente expediente. Así se decide.