LA DISPOSITIVA
En fundamento y consecuente e invariable con lo anteriormente expuesto, este Juzgado EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECLARA: --------
Primero: Sin lugar la defensa de fondo opuesta, contenida en el artículo 361de la Ley Adjetiva Civil.
Segundo: Sin lugar la Cuestión Previa formulada, contenida en el Numeral 11º del artículo 346 de la Ley Adjetiva Civil.
Tercero: Con lugar la demanda de cumplimiento del contrato de arrendamiento suscrito entre Gaetano Di Vittorio, ahora Inversiones ABC, C.A. y Jennifer Ramirez García.
Cuarto: Se ordena la entrega del inmueble libre de personas y cosas.
Quinto: Se le condena a la demandada a cancelar la cantidad de Un Millón Quinientos Sesenta Mil Bolívares (Bs.1.560.000,oo), más la cantidad de Doscientos Sesenta Mil Bolívares (Bs.260.000,oo), depositados en el Tribunal Segundo de Municipios y a cancelar las costos y costas generados del presente procedi.....