Este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión el Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión el Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando conforme a lo previsto en el artículo 375 y artículo 313 numeral 6º ambos del Código Orgánico Procesal Penal, dicta el siguiente pronunciamiento: Quedando como pena definitiva a imponer del cálculo del delito mas grave, con el aumento de la mitad del tiempo correspondiente de la pena del delito menos grave DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley.
EL JUEZ EN FUNCIONES DE CONTROL NRO. 02
ABG. ELEAZAR LEON MORIN AGUILERA
LA SECRE.....