DECLARA CON LUGAR la demanda que por daños morales, incoó el ciudadano OTTO GLODULFO ÁVILA DÁVILA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº 3.037.739, domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Mérida y civilmente hábil, contra el ciudadano VÍCTOR MANUEL DÍAZ DÍAZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº 5.503.493, domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Mérida y civilmente hábil, y aún, cuando el honor, la reputación y la dignidad no se pueden restituir ni medir en términos pecuniarios, quedando a libre criterio del sentenciador cuantificar dicho daño moral, la indemnización a percibir por el demandante debe ser equitativa, por lo que, este Tribunal estima el daño moral ocasionado en la suma de NOVENTA MILLONES DE BOLÍVARES (90.000.000.00 Bs.), los cuales deberá pagar el demandado Víctor Manuel Díaz al demandante Otto Glodulfo Ávila Dávila, para cuya estimación se tomaron en consideración la posición familiar, soci.....