Se declaró SIN LUGAR la oposición al lindero provisional formulada por el ciudadano ISMAEL CONTRERAS, contra el ciudadano por el ciudadano FERMIN TORRES VIELMA; se declaró FIRME el lindero provisional por el lado noroeste, lindero del río Capazón, antiguo cauce, paralelo a la carretera dique, que divide el fundo "El Retiro", con la parcela propiedad del demandado, ciudadano Ismael Contreras, ubicado en el sector "La Ceibita", jurisdicción del Municipio Fray Ramos de Lora, Distrito Andrés Bello del Estado Mérida, siendo el siguiente: "en una extensión de trescientos veinticinco metros de largo aproximadamente en sentido Noroeste, partiendo del punto cero colindando con Jesús Manuel Duque, hasta una longitud de trescientos veinticinco metros al borde del camellón dique. Fijando nueve (9) balisas a cincuenta metros cada una sin alambre"; y SE CONDENO a la parte demandada, ciudadano ISMAEL CONTRERAS, al pago de las costas procesales, por haber resultado totalmente vencida en la oposición.....