Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano: ROBERTO JOSE LARA VELAZCO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 18.286.205, con domicilio en la población de Zea, Municipio Zea del Estado Mérida; en consecuencia, se nombra Tutor interino a la ciudadana: ELSA LORENA VELASCO DE LARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 109.118, domiciliada en jurisdicción del Estado Zulia, madre del entredicho.-