DECISIÓN
En base a los argumentos antes expuestos, este tribunal EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide en los siguientes términos:
PRIMERO: Se decreta con lugar la solicitud interpuesta por el Ministerio Público y en tal sentido se ACUERDA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor de la adolescente (SE OMITEN DATOS DE IDENTIFICACION ARTICULOS 65 Y 545 LOPNA), venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-18.125.108, soltero, estudiante, de 17 años de edad, fecha de nacimiento 05/06/1987, hijo de Rafael Carrillo y Maura Pérez, domiciliado en la Urbanización Alfredo Lara, vereda 16, casa Nº 06, Ejido, Estado Mérida esta ciudad de Mérida, Estado Mérida, de conformidad con el artículo 561 literal d de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal. ASÍ SE DECIDE.
EL JUEZ (S) EN FUNCIONES DE CONTROL No. 01
ABG. FRANCISCO RODRIGUEZ MEJIAS
LA SECRETARIA,
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