Con apego a lo dispuesto en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 4, 5, 6, 478, 479, 482 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, ordena el EJECÚTESE DE LA SENTENCIA CONDENATORIA, en el presente asunto seguido al penado JOSÉ ROBERTO ZERPA MONCADA, venezolano, de 39 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.111.200; sentenciado a cumplir la pena de VEINTIOCHO (28) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de ley, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, VIOLENCIA PSICOLÓGICA, ACOSO u HOSTIGAMIENTO, AMENAZA AGRAVADA y VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, en perjuicio de la hoy día occisa EDELIA LUIS PARADA.-