Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Primero: Se acuerda la extinción de la acción penal y en consecuencia, se decreta el sobreseimiento de la causa a favor del acusado ELIO ANTONIO BARON VELASCO, venezolano, natural de El Vigía, Estado Mérida, de 35 años de edad, nacido en fecha 19-11-73, soltero, residenciado en Bubuqui, VI, Barrio Simón Rodríguez, en medio de las pasarelas cerca de la bodega del señor manolo, El vigía, Estado Mérida, en la causa que se le sigue por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45, 48 numeral 7 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, y ordena su remisión.....