Primero: SIN LUGAR el RECURSO DE NULIDAD interpuesto por la ciudadana NORELY PEÑA PEÑA contra la Providencia Administrativa Nº 00608-2014, de fecha 13 de octubre de 2014, contenida en el Expediente Administrativo N° 046-2014-01-00838, que declaro Sin Lugar la solicitud de Reenganche por Despido y Restitución de Derechos.
Segundo: Se ordena la notificación del Procurador General de la República, según lo establecido en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la presente decisión.
Tercero: Se ordena la notificación del Inspector del Trabajo del Estado Mérida de la presente decisión, así como remitirle copia certificada de la misma.