Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: ACUERDA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de conformidad con el Artículo 318 numeral 3 concordancia con el artículo 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, por los hechos ya narrados, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con el artículo ejusdem, a FAVOR de GABRIELA MORA GUERRERO, venezolana, de 19 años de edad, estudiante, titular de la cédula de identidad N° 14.623.828, residenciada en El Añil, Tovar, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS, previsto y sancionado en el artículo 422 numeral 1 del Código Penal vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, cometido en perjuicio de los Ciudadanos NESTOR CHAVEZ ANDRADE y MARHTWIN BRAVO, antes identificados, con fundamento.....