DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION AL CONVENIMIENTO, cursante a los folios 29 al 31 y vuelto en los mismos términos expuestos. En consecuencia, téngase POR RECONOCIDO JUDICIALMENTE el contenido y firma el documento de compra – venta, que obra agregado a los 03 y vto, de este expediente, en los términos expresado por los demandados, GONZALO FERNANDO UZCATEGUI FEBRES Y ELENA PEÑA PAREDES, consistente en la venta de los inmuebles, cuyos lindero, medidas, precio y tracto sucesivo fue establecido en el documento del convenimiento citado anteriormente, en favor de losdemandantes UZCATEGUI PEÑA QUETZAL AMARU Y UZCATEGUI PEÑA HERNANDO TAMANAIRE MISIQUIAS, quienes a partir de esta fecha.....