CAPÍTULO V
DECISION
Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 4 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PUNTO PREVIO: Se declara Con Lugar lo solicitado por la Defensa Privada y se decreta la prescripción en lo que respecta al delito de Lesiones Leves previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio del adolescente con identidad Omitida L.J.M.G, conforme con los artículos 108 numeral 6° en concordancia con el artículo 110 del Código Penal Venezolano, concatenado con el artículo 300 numeral 3 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, por haber operado el transcurso del tiempo necesario para la prescripción judicial o extraordinaria.
PRIMERO: Se CONDENA a los ciudadanos HUGO JOSE PAREDES ARAUJO, venezolano, mayor d.....