Primero: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de vida en común conforme lo establece el artículo 185 del Código Civil Venezolano en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070/2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia hecha por el ciudadano NAVIS CONTRERAS PEÑA, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, casado, , titular de la cédula de identidad Nº V-12.656.509, domiciliado en El Sector Caño Blanco, Mucujepe, la pedregosa, cerro azul, parte alta, la Meceta, carretera principal, Parroquia Héctor Amable Mora del Municipio Alberto Adriani, estado Mérida, y civilmente hábil, asistido en este acto por la ABG. LIGIA XIOMARA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.241.460, Inscrita en el Inpreabogado bajo N° 194.987, con el carácter de Defensora Pública Provisorio Segunda de competencia Civil, Mercantil y Transito de la unidad de la Defensa Publica del estado Mérida, con domicilio procesal calle 7 Oficentr.....