este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL SOLICITADA, de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código Civil en concordancia con el Artículo 177, Parágrafo cuarto, literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. "Se deja a salvo los derechos de terceros" y Resuelve: Autorizar suficientemente a la solicitante ciudadana MARBELLA DEL CARMEN ZERPA DE VILORIA, para que en representación de sus hijos, el adolescente y niña SE OMITEN NOMBRES, de 14 y 9 años de edad; pueda tramitar y cobrar dichas cantidades de dinero de las cuales el mencionado adolescente y niña son beneficiarios. El Tribunal exhorta a la Empresa arriba identificada o cualquier Institución Publica o Privada a pagar el.....