ÚNICO: Declara inoficioso pronunciarse sobre el recurso de apelación de autos, interpuesto por los Iván de Jesús Toro Dugarte, José Gregorio Viloria Ochoa y Francisco Ferreira, en su condición de defensores privados, y como tal del ciudadano Antony Javier Uzcátegui Guillen, en contra del auto publicado en fecha diecinueve de febrero de dos mil veinticuatro (19/02/2024), por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control Municipal del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, mediante el cual entre otros pronunciamientos, declaró con lugar la solicitud de la representación fiscal de la aprehensión en calificación de flagrancia en contra del ciudadano Antony Javier Uzcátegui Guillen, se acordó la aplicación del procedimiento especial para delitos menos graves, conforme al artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal, e impone la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, específicamente a la establecida en el artículo 242 numeral 9 del Cód.....