ACUERDA Librar Orden de Aprehensión contra el penado CARLOS ARTURO LOPEZ VILLEGAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-10.244.821, natural, de Sabana de Mendoza, Estado Trujillo, nacido en fecha 05-06-1969, soltero, de 39 años de edad, domiciliado en la Población de San Rafael de Alcázar. Municipio Obispo Ramos de Lora Estado Mérida, ultima casa detrás del estadio, color azul, casa vivica teléfono 0275-4141613 y celular 0414-2092755. Una vez que sea capturado el penado y sea puesto a la orden del Tribunal, se fijará la audiencia correspondiente, para escucharlo, y el Tribunal resolverá sobre la revocatoria o no del Beneficio que se le otorgó o sobre otra circunstancia que pueda presentarse. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 10, 12, 13, 250, 251, 479, segundo aparte del 480 Y 499, todos del Código Orgánico Procesal Penal; artículos 2, 26, 30, 49, 257 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.------------.....