Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud formulada y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos: ARGENIS CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-9.477.875, domiciliado en la Parroquia Domingo Peña, Sector Santa Elena, Calle 8, Casa Nº 7-17 Casa Nº 13, Mérida, Estado Mérida, civilmente hábil, y NORMA DUGARTE ARAQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-12.346.075, domiciliada en EL Pasaje Paraíso, Casa Nº 1-25 de Santa Elena del Municipio Libertador del Estado Mérida, civilmente hábil, cónyuges entr.....