ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA MEDIDA DE PROTECCIÓN a favor a favor del ciudadano: JERONIMO MANUEL PADILLA FIGUEROA, venezolano, estudiante, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.306.571, domiciliado en el Barrio San Isidro, Calle 10, entre Avenidas 15 y 16, frente al grupo Tovar, al lado de Comercial Mi Mascota, El Vigía Estado Mérida, para lo cual se acuerda comisionar a la Sub Comisaría Policial N° 12 de El Vigía, Estado Mérida, para que con carácter urgente proceda a prestarle al referido ciudadano la protección necesaria para el resguardo de su persona; para lo cual deberá ordenar que funcionarios adscritos a ese Cuerpo Policial, presten custodia personal en la residencia del prenombrado ciudadano, por un lapso de Treinta (30) días, ofíciese a la Sub Co.....