EN FUERZA DE LAS ANTERIORES CONSIDERACIONES, ESTE JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
ÚNICO: El SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor y beneficio del imputado ENDER RODOLFO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad NÚMERO 11.971.837, maquillador permanente (estética), e instructor de arte plásticas técnica del chimo, óleo, carboncillo, natural de la Grita Estado Táchira, domiciliado en el Centro Comercial El Tamarindo, primer piso local número 20, de esta ciudad de El Vigía Estado Mérida, por habérsele otorgado la medida alternativa de Suspensión condicional del proceso en fecha 23 de septiembre de 2010, por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el articulo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida.....