declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos ENGER ALBERTO RONDON DAVILA Y YAREIDA CASTILLO MONTILVA, identificados en autos, en fecha Diecisiete (17) de de junio del dos mil cuatro (2.004), contrajeron matrimonio civil, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Tovar del Estado Mérida, hoy Registro Civil de la Parroquia Tovar, Estado Mérida, según se evidencia en el acta de matrimonio Acta Nº 27