DISPOSITIVA:
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente consideradas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, actuando como Unipersonal, en funciones de Juicio N° 03, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano JOSE JOSÉ GIOVANNY RANGEL VERGARA, plenamente identificado, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley, previstas en el artículo16 del Código Penal Vigente, como autor y responsable del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Vigente, pena esta que deberá cumplir en el sitio de reclusión, y bajo las modalidades que a tal efecto, establezca el tribunal de ejecución correspondiente, al cual se acuerda la remisión de las actuaciones, una vez firme la decisión. Por lo pronto, como el acusado se encuentra recluido en San Juan de Lagunillas, se decide que se mantenga en esa misma situación y ese Cent.....