Dispositiva
Por lo anteriormente señalado, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, de conformidad con lo pautado en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano Agustín Rodríguez Monsalve, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.197.302 y domiciliado en el Manzano Bajo, casa N° 14, Barrio el Manzanito, Ejido Estado Mérida, por el lapso de ocho (08) meses y diez (10) días -tiempo que le falta por cumplir de la pena- contados a partir de la fecha de la firma del Acta Compromiso correspondiente.
El Tribunal le impone al ciudadano Agustín Rodríguez Monsalve, las siguientes obligaciones, las cuales son acumulativa.....