JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO MERIDA. Mérida, 21 de noviembre de 2016.
206º y 157º
Por cuanto del cómputo anterior, se desprende que desde el día 16 de septiembre de 2016, exclusive, fecha de la admisión de la demanda, tal y como consta al folio 280 del expediente, hasta el día de hoy, inclusive, han transcurrido TREINTA Y CUATRO (34) DÍAS DE DESPACHO, sin que la parte actora le haya dado impulso procesal para la prosecución de la presente causa. En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y la Constitución, de conformidad con el ordinal 1º del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece:
"Artículo 267.- Toda instancia se extingue por el transc.....