PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, solicitada por la parte demandante en el presente juicio, sobre: Un inmueble consistente en un lote de terreno, apto para la agricultura, ubicado en la posesión denominada "la ovejera", jurisdicción del Municipio Rangel del estado Bolivariano de Mérida, con las mejoras de una casa para habitación familiar, construida de tapias y cubierta con tejas, con un área aproximada de SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS DOS METROS CUADRADOS (69.402 Mts2), con los siguientes linderos y medidas: NORTE: Colinda con el vértice formado por los dos costados, separa una pequeña parte de mojones de piedra con terrenos de la sucesión de Juan Evangelista Moreno, Miguel Sánchez y Jesús María Parra, del punto 05 al punto 14, en una extensión de ciento veintisiete metros con noventa y seis centímetros (127,96); SUR: Colinda con terrenos que son o fueron de Bernardo Sánchez y Luis Pérez, divide cava con rajas de piedra, del punto 23 al punt.....