Recibida como fue la presente solicitud, procedente de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, se le dio entrada y el curso de ley; en la cual el ABG. SUSAN COLINA, en su condición de Fiscal del Ministerio Público, solicita autorización para practicar ORDEN DE ALLANAMIENTO en la siguiente dirección: PARROQUIA ROMULO GALLEGOS, MUNICIPIO ALBERTO ADRIANI, DEL ESTADO MERIDA, ESPECIFICAMENTE EN EL SECTOR MONTE VERDE, CALLE 2, ENTRE AVENIDAS 2 Y 3, INVACIONES UBICADAS FRENTE DE MAKRO, VIVIENDA CON LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: sin número, tipo unifamiliar, construida con bloque de cemento, y paredes pintadas de color verde con columnas, de color blanco, puerta principal, forrada con papel navideño color dorado, cuatro ventanas de tipo metálicas de color negro con vidrios ahumados garaje del lado derecho, el patio y la vía de acceso a la misma es la tierra y como punto de referencia del lado derecho de la vivienda, hay un rancho construido de caña brava y zinc; donde habita o reside.....