"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, actuando en su competencia Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO solicitada, en consecuencia, se ordena al ciudadano Registrador Civil de la Parroquia Milla, Municipio Libertador del Estado Mérida, y al Registrador Principal del Estado Mérida, la corrección de la partida de nacimiento del ciudadano JAIME ANTONIO MEKLER RIVAS , ya identificada, inserta por ante la mencionada dirección de Registro Civil de la Parroquia Milla , Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el Nº 161 folio 085, correspondiente al año 1948, donde se identifica en dicha partida el primer nombre del solicitante " JAYME", debe decir "JAIME " , por ser lo correcto. Y así se decide..."