POR AUTORIDAD DE LA LEY, Exonera las Penas Accesorias al penado WILFREDO JÚNIOR OMAÑA BRACHO, venezolano, soltero, agricultor, titular de la cédula de identidad N° 19.440.382, natural de Santa Bárbara del Zulia, nacido en fecha 21-04-1985, residenciado en el Pinar, Sector El tesoro, Fundo San Benito, Tucaní, Estado Mérida, consistentes en las presentaciones una vez al mes por ante la Prefectura más cercana al domicilio, y desaplicar el contenido de los artículos 16.2 y 22 del Código Penal, relativos a la pena de sujeción a la vigilancia de la autoridad.
Notifíquese a Fiscalía XIII del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a la defensa y al penado. Remítase con oficio una vez consten las resultas de las notificaciones se acuerda remitir las presentes actuaciones al Archivo Judicial, para su guarda y custodia, por cuanto no hay más diligencias que practicar. Désele la salida, efectúese las respectivas anotaciones. Líbrese el correspondiente oficio. C.....