ACUERDA:PRIMERO: DECRETA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA contra el imputado SAUL ANTONIO LINARES OBANDO, Venezolano, natural de esta ciudad, de 41 anos de edad, nacido el 09/09/1968, Soltero, Mecánico, titular de la cedula de Identidad Nº 10.238.993, residenciado en el Sector la Onda, vía la Palmita, casa s/n, al lado de la bodega el Gato Negro, El Vigía, Estado Mérida; por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionados en el artículo 42, en concordancia con el articulo 15 numeral 4, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana MARIN PERNIA ANDREINA COROMOTO, por los hechos acaecidos en fecha 19-06-2010, según se desprende del Acta de INVESTIGACION PENAL de Aprehensión en Flagrancia de fecha 19/06/2010, suscrita por AGENTE RODRIGUEZ CONTRERAS LUIS RAUL adscritos a la CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS, Sub/Delegación EI Vigía(...)