este Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo del Estado Mérida en nombre de la República Bolivariana de Venezuela Por Autoridad de la Ley, acuerda proveer de conformidad con lo así solicitado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 109 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y en consecuencia DECLARA:
PRIMERO: Se ORDENA al INSTITUTO AUTÓNOMO DE LA POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en la persona de su Director, General ENDER RICARDO CHACÓN RAMÍREZ, ya identificado, que en el lapso de DIEZ (10) DIAS siguientes a su notificación, cumpla y EJECUTE VOLUNTARIAMENTE LA SENTENCIA DICTADA por este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo, por virtud de la cual declaró CON LUGAR la demanda por abstención interpuesta por el ciudadano RAMON AMÍLCAR TORRES TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V.- 9.477.275, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 123.965, actuando en su pr.....