Este Tribunal de Control N° 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE PRESENTE LA CAUSA, YOVANY SALAS SEPULVEDA y JHONNY DADY SULBARAN, de conformidad con lo establecido en el numeral 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en perjuicio de SAMUEL SANDRAC MORA VARGAS, venezolano de 19 años de Edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° 19.996.578, natural de El Vigía Estado Mérida, fecha de nacimiento 07-061990, residenciado, en Guyabones, calle comercio trasversal a la calle los Ángeles, Casa N° 0-92, El Vigía Estado Mérida, teléfono 0416-2774995, en la Investigación Penal Nro. L4F13-0040.10, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES, la cual o cuenta con la experticia de Reconocimiento Médico Legal, siendo esta una forma de acreditar la existencia de la lesión sufrida por la victima y acreditar el tipo delictivo, no obstante la existencia de las misma.....