este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA., actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE la Demanda formulada por el ciudadano RENNY JIMÉNEZ URDANETA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-14.530.158, domiciliado en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriáni del Estado Bolivariano de Mérida, civilmente hábil, asistido por el abogado en ejercicio Fernando Omar Newman Vega, titular de la cédula de identidad Nº V-4.486.693, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 22.147, domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Bolivariano de Mérida, contra el ciudadano Mariano Jiménez Cota, venezolano, mayor de edad, Solero, titular de la cédula de identidad Nº V-11.219.784; Po.....