PRIMERO: Se declara incompetente para conocer el asunto signado con el N° según expediente N° KJ01-P-2022-000116, instruido al ciudadano LUIS ENRIQUE RONDON CASTILLO, por ante el TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL BARQUISIMETO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, por ser el competente para conocer y decidir sobre la libertad del imputado, de conformidad con el artículo 80 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 49, numeral 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con el artículo 44, numeral 1 eiusdem.
SEGUNDO: se mantiene la privación judicial preventiva de libertad hasta tanto el mismo sea colocado a la orden de su juzgado natural para que decida lo conducente.
TERCERO: vista la autorización de la realización de actos por MEDIOS TELEMATICOS, conforme a la resolución 009-2020, emitida por la Sala Plena del TSJ en fecha 04/11/2020, este tribunal procede a notificar a la Presidencia del Circuito Judicial .....