, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, actuando con fundamento a lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derecho y Garantías Constitucionales, DECLARA IMPROCENTE EL RECURSO DE AMPARO, interpuesto por los abogados OSCAR MARINO ARDILA ZAMBRANO y VIRGINIA MOLINA GUTIÉRREZ, en su condición de defensores del ciudadano MAURICIO PINZÓN ACOSTA.
Publíquese, compúlsese, líbrese boleta de notificación a los accionantes, y boleta de traslado al imputado, a los fines de notificarlos del contenido de esta decisión.
LOS JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES,
DRA. ADA RAQUEL CAICEDO DÍAZ.
PRESIDENTE
DR. VICTOR HUGO AYALA AYALA.
DR. PEDRO RAFAEL MÉNDEZ LABRADOR.
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