Con respecto a lo anteriormente expuesto, corresponde a ésta Juzgadora, entrar a considerar si efectivamente la acción ha sido abandonada o no.
En ese orden de ideas; se evidencia fehacientemente y de forma categórica , que el ya referido querellante, solo presentó su escrito, que acudió ante un primer llamado que hiciere el tribunal cuando la Ciudadana Juez de aquella oportunidad Abogado Marianela Marín, le convocó a la ratificación, que tal como ya fue enunciado solo suscribieron el acta el querellante, el Abogado asistente, y la secretaria de sala, que posteriormente, cuando la corte de Apelaciones dirime la situación y remite nuevamente a ésta instancia la querella, son citados, nuevamente a fines de que comparezcan a ratificar su escrito, y pese a estar debidamente notificados, no asistieron, lo que se traduce una falta de interés en el asunto, tampoco se desprende que hayan impulsado la acción; sin lugar a dudas, han dejado de instar su acusación privada; habiendo transcurrido d.....