Se declaró CON LUGAR la solicitud de interdicción del ciudadano RAFAEL ERNESTO JEREZ DORTA, formulada en fecha 22 de abril de 2009, por el ciudadano RAMÓN ERNESTO JEREZ ARAUJO, cuyo conocimiento le correspondió por distribución al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida. Se decretó la INTERDICCIÓN DEFINITIVA del ciudadano RAFAEL ERNESTO JEREZ DORTA, con todas las consecuencias legales que dicha declaratoria implica.Se le advirtió al Tribunal de la causa que, en relación con la designación del tutor definitivo, deberá proceder conforme a lo previsto en los artículos 309 y 399 del Código Civil; que, en lo atinente al registro y publicación de la presente sentencia definitiva, igualmente deberá observar lo pautado en los artículos 414 y 415 eiusdem; y que también deberá dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 152 de la Ley Orgánica del Registro Civil, mediante la remisión por oficio, dentro.....