DISPOSITIVA
Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; téngase como Únicos y Universales Herederos de la causante PAUSOLINA NIETO DE MORALES, que en vida era venezolana, mayor de edad, viuda, portadora de la cédula de identidad Nro. 655.181 a los ciudadanos: CARLOS JULIO RAMIREZ NIETO Y JESÚS DANIEL MORALES NIETO, Hijos de la causante, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.704.954 y 5.202. 437, respectivamente, domiciliados el primero de los nombrados en esta ciudad de Mérida, Estado Mérida, y el segundo en la ciudad de El Tigre Estado Anzoátegui- Se deja a salvo los derechos a terceros de acuerdo a las previsiones de las disposiciones legales .....