Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida,  Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera SUFICIENTES y BASTANTES las presentes actuaciones para declararlas de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil,  como  TITULO   ASEGURATIVO  del  derecho  que 
les asiste a los ciudadanos: ISABEL TERESA ARAUJO CONTRERAS, ELIS RAMONA ARAUJO CONTRERAS, LUIS BELTRAN ARAUJO CONTRERAS, RAMÓN ANTONIO ARAUJO CONTRERAS, JESUS ALBERTO ARAUJO CONTRERAS y RUBEN ALFREDO ARAUJO CONTRERAS como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS , el primero en su condición de HERMANOS y del extinto BRICSEN AMABLE ARAUJO CONTRERAS. Se deja a salvo los derechos que pudieran asistirle a terceras personas. 
EL JUEZ TITULAR, 
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,  
SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/yp.-