ESTE JUZGADO DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, Califica como flagrante la aprehensión del imputado: YONI ALBINO RAMIREZ PAEZ, venezolano, de 26 años de edad, obrero, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.027.148, nacido en la ciudad de El Vigía, Estado Mérida, en fecha 24/05/1985, hijo de Nelis Josefina Páez Parra (v), y de José Albino Ramírez Vivas, (v), con domicilio Sector las Invasiones, atrás de la urbanización vista hermosa, casa sin número, a dos cuadras de la casa de la junta comunal, rancho de lata, y de tablas y/o Sector Bubuquí II, vía la pedregosa, torre 21, piso 3 apartamento s/n, El Vigía Estado Mérida, por cuanto se configuran los requisitos establecidos en el artículo 248 del Código Pen.....