Por las consideraciones que anteceden, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Constitución y la Ley declara:
PRIMERO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, correspondiente al juicio de RENDICIÓN DE CUENTAS interpuesto por la abogada MARÍA NIOVE MARQUINA CAÑAS, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSÉ LUIS PORTILLO VILORIA, contra la empresa INVERSIONES 3J C.A., en la persona de sus directores, ciudadanos JESÚS ALBERTO ZAMBRANO y JAIRO EMIRO PEÑA, por falta de interés de la relación jurídica procesal, de conformidad con lo establecido en la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 01 de Junio del 2001, con ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, en concordancia con la sentencia de fecha 01 de marzo de 2006, ejusdem. .....