DECISIÓN
Este Juzgado de Ejecución con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se deja sin efecto la orden de aprehensión que cursa contra el OVIDIO DAVILA OVALLES, natural del estado Bolivariano de Mérida, nacido en fecha 07/03/1966, de 41 años de edad, titular de la cedula de identidad V- 8.044.944, ocupación u oficio: agricultor, estado civil soltero, residenciado en: san Jacinto, rincón bajo, vía principal a 200 metros, más arriba del conscripto, está la entrada que es una loma los días, casa s/n antiguamente la fábrica de ganchos, del estado Bolivariano de Mérida. Teléfonos: 0424-7625527, 0414-7564491 y 04247077975. SEGUNDO: Se acuerda oficiar a los organismos competentes informándoles sobre el cese de la orden de aprehensión librada contra el penado OVIDIO DAVILA OVALLES. Cúmplase. .....