En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano GERMÁN ANTONIO ROMERO ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-667.013, domiciliado en Mérida estado Mérida y civilmente hábil, asistido por el abogado RUBÉN SULBARAN RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.024.484, inscrito en el inpreabogado bajo el número 28.064, domiciliado en la ciudad de Mérida estado Mérida y jurídicamente hábil, contra la ciudadana AMPARO CEDIEL OROSTEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.217.258, domiciliada en esta ciudad de Mérida y civilmente hábil, debidament.....