DECISIÓN
Por los anteriores razonamientos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: ÚNICO: Se declara IMPROCEDENTE el recurso de revocación ejercido por el Abg. Jonathan Alexander Suárez Gil, con el carácter de Fiscal Auxiliar Interino de la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en virtud de no reunir los requisitos previstos en los artículos 436 y 437 del Código Orgánico Procesal Penal, ello por cuanto no fue ejercido contra un auto de mera sustanciación, ni menos aún fue ejercido durante alguna audiencia, por lo que este tribunal.
La presente decisión se fundamenta en los artículos 2, 21, 24, 26 y 49 y 51 Constitucional, y los artículos 157, 436, 437 y 438 del texto adjetivo penal. Regístr.....