Vista la petición del Imputado y la Defensa Publica, la Representación Fiscal y representante legal delo niño ciudadana: María Alejandra Valero Ramírez (madre), no tiene ninguna objeción, en cuanto se le conceda la Medida Alternativa a la Prosecución del Proceso, aunado a que se compromete a cumplir con las condiciones que le imponga el Tribunal y ha pedido disculpas como reparación simbólica de los daños causados; en consecuencia, este Tribunal Acuerda: La Suspensión Condicional del Proceso, a favor del Imputado: JOSE ISRAEL BARRERA VILLALOBOS. Venezolano, natural de Caja Seca, estado Zulia de 45 años de edad titular de la cedula de identidad N° V- 14.438.878, de oficio agricultor, hi9jo de Maria Silvia Villalobos (v) y Miguel Barrera (v), residenciado en, vía Palmira, sector La Pereza, frente a la finca del señor Ramón Pacheco, casa s/n, parroquia Arapuey, Municipio Julio Cesar Salas del Estado Bolivariano de Mérida. Teléfono 0426-778.30.71 (de la mama) y 0426-929.31.21 (de su he.....