Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: Primero:el Tribunal comparte tal precalificación jurídica y se aparta totalmente de lo alegado por el Defensor Público Especializado en cuanto a la precalificación jurídica, toda vez, que por una parte, resulta necesario dejar sentado que el Robo Agravado, es uno de los tipos penales que no admiten la frustración como forma inacabada, y por la otra, que el delito de Robo Agravado, se configura al sacar al poseedor de la esfera de disposición del bien mueble, vale decir, una vez, el sujeto activo se haya apoderado de los objetos, por ende, se declara sin lugar lo solicitado por la Defensa Pública Especializada, en cuanto al cambio de la precalificación ju.....