Finalizada la audiencia y oídas las partes, este Tribunal Penal de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control No. 01, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de conformidad con el artículo 49 numeral 7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del acusado WILKER ENRRIQUE GONZALEZ BELLO, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-31.320.491, nacido en fecha, 18/10/2001, de 22 años de edad, natural de Tucani, estado Mérida, no pertenece a ninguna comunidad indígena, no pertenece a ninguna comunidad afrodescendiente, no pertenece a ninguna comunidad LGTBQ+, estado civil: soltero, profesión u oficio: pescador , grado de .....