Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JUAN PEROZA PLANA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número: 58.058, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la decisión proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha veinte (20) de junio de 2005, y en consecuencia, una vez que quede firme la presente decisión, se ordena la remisión del expediente al Tribunal de origen.
SEGUNDO: Se confirma la decisión proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha veinte (20) de junio de 2005, donde declaro Sin Lugar la demanda po.....