DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y por ende la responsabilidad criminal y como consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida al RUFINO FERNANDEZ ESCALONA, venezolano, natural de Pueblo Nuevo del Sur del estado Mérida, nacido en fecha 19-03-1972, de 435años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-11.957.381, domiciliado en: El Anis, sector Juan Pablo Segundo, casa s/n, casa blanca rejas verdes, entrada principal, segunda calle, parroquia Chiguara, Municipio Sucre del estado Bolivariano de Mérida. Teléfono 0414-7090211; por la presunta comisión de los de.....